Micelio
Auto17 de julio de 2019

A- de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Eduardo Fausto Mendoza Diaz Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Se confirma por cuanto demandante no corrigió en los términos indicados en el auto inadmisorio
  • Incumplimiento de requisitos mínimos para la admisión
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

El rechazo de la demanda se dio porque los argumentos expuestos en el escrito de corrección no subsanaron los yerros del cargo por igualdad y no acreditaron los presupuestos para el estudio de fondo por parte de la Corte, los cuales fueron indicados en el auto de inadmisión.

La Sala Plena considera que los recurrentes no lograron desvirtuar las razones que dieron lugar al rechazo y, por ello, CONFIRMÓ la providencia cuestionada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR el Auto del 21 de junio de 2019, proferido por el Magistrado Antonio Jose Lizarazo Ocampo en el proceso D-13232, que rechazo la demanda presentada los ciudadanos Eduardo Fausto Mendoza Diaz y Eder Alberto Molina Araujo contra el articulo 2o (parcial) de la Ley 1416 de 2010 "Por medio de la cual se fortalece al ejercicio del control fiscal".
  2. SEGUNDO. A traves de la Secretaria General de la Corte, comuniquese el contenido de esta decision al recurrente, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Archivese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.